Gobierno declara en emergencia al sector eléctrico nacional

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QUITO, Pichincha

El Ministerio de Energía y Minas, a través del ministro Antonio Goncalves Savinovich, declaró en emergencia al sector eléctrico nacional este jueves 15 de agosto. Lo hizo a través de un acuerdo ministerial Nro. MEM-MEM-2024-0027-AM.

Este acuerdo se emitió con base al Decreto Ejecutivo 355, que dispone medidas urgentes ante los primeros signos del estiaje.

El acuerdo señala que la finalidad de esta declaración es salvaguardar la continuidad en la prestación del servicio público de energía eléctrica.

Ya empezó el estiaje

Este anuncio se da después que el ministro Goncalves indicó que en lugar “de empezar el estiaje en septiembre, el estiaje ya empezó” y ante ello ya trabajan en acciones para afrontar la situación.

Después de estas declaraciones, el presidente Daniel Noboa, dispuso al Ministerio de Energía y Minas coordinar y ejecutar todas las acciones necesarias con el Operador Nacional de Electricidad (Cenace) y las empresas de generación, transmisión y distribución de energía para evitar los efectos que pueda producir el estiaje.

Además, al Ministerio de Economía y Finanzas asignar los recursos presupuestarios suficientes para atender lo expuesto.

En tanto, la emergencia declarada estará orientada a ejecutar todas las acciones necesarias urgentes en el sector y sus entidades adscritas para atender la adquisición, arrendamiento y generación adicional de energía eléctrica que permita disminuir las repercusiones de la actual crisis energética, logrando así la continuidad del servicio público de energía eléctrica.

Además, el Ministro dispuso a la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) que, conforme lo establecido en los artículos 57, 57.1 y 57.2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, sección quinta del capítulo IV de su Reglamento General; y, normas conexas, ejecute las acciones necesarias para efectuar los procedimientos de emergencia para la adquisición y/o arrendamiento de generación adicional emergente de energía eléctrica, el suministro, construcción y la puesta en servicio de los sistemas de interconexión, sean éstas conectadas al Sistema Nacional de Transmisión y/o a los sistemas de subtransmisión de las empresas distribuidoras. (I)

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Post Author: Redaccion

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