
QUITO, Pichincha
Con 79 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la resolución para que los asambleístas que son candidatos de elección popular soliciten la licencia. Se dispone suspender el pago de cualquier tipo de remuneración.
Cristhian Vega, asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), fue quien presentó la moción sobre el proyecto de resolución en el Pleno, en la sesión virtual de este 4 de enero de 2025.
Dijo que el artículo 93 del Código de la Democracia “es mandatario”. Esta normativa determina que los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral.
Mocionó la resolución, según expresó el asambleísta, para evitar la polarización y dar paz a la “efervescencia de odio” entre los ecuatorianos. La moción fue aprobada con 79 votos afirmativos, 31 negativos, 0 blancos y 19 abstenciones. Luego, se sometió a una reconsideración, que alcanzó 29 votos afirmativos con lo que quedó en firme la aprobación de la resolución.
¿Qué dice la resolución aprobada?
El documento aprobado contiene 8 artículos:
Artículo 1.- Establecer que, en cumplimiento del artículo 93 del Código de la Democracia, se configurará la licencia sin remuneración a partir del 5 de enero de 2025 hasta el 9 de febrero 2025 inclusive, por lo que, las y los asambleístas que son candidatos a elección popular a su mismo cargo, deberán hacer uso de dicha licencia durante la campaña electoral.
La licencia sin remuneración procede en concordancia de lo dispuesto en los artículos 225, 229 y numeral 6 del artículo 113 de la Constitución de la República del Ecuador.
Artículo 2.- Disponer a la Secretaría General ejecutar los reemplazos para las y los asambleístas que son candidatos de elección popular, conforme lo determina el Código de la Democracia.
Artículo 3.- Disponer a la Administración General que a través de las Coordinaciones de la Asamblea Nacional correspondientes suspenda el pago de cualquier tipo de remuneración, derecho o beneficio, así como la suspensión de accesos, credenciales, correos, sistema DTS o de cualquier medio a los asambleístas que son candidatos de elección popular desde el domingo, 5 de enero de 2025, hasta el domingo, 9 de febrero de 2025.
Artículo 4.- Encargar temporalmente la Presidencia de la Asamblea Nacional a la primera vocal (Esther Cuesta, de la RC) del Consejo de Administración Legislativa, por el período comprendido del día domingo 5 de enero de 2025 al día 9 de febrero del 2025, por cuanto la presidenta de la Asamblea Nacional (Viviana Veloz, de la RC), así como el primer (Otto Vera, del PSC) y segundo (Eckenner Recalde, de ADN) vicepresidente de la Asamblea son candidatos de elección popular al mismo cargo y de pleno derecho deberán hacer uso de licencia sin remuneración en periodo de campaña electoral.
Artículo 5.- Suspender los plazos de los trámites, así como las funciones del Consejo de Administración Legislativa por cuanto seis de los siete miembros que lo conforman son candidatos de elección popular desde el día domingo, 5 de enero de 2025, al día 9 de febrero del 2025.
Artículo 6.- Suspender los plazos de los trámites, así como las sesiones de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales en las que el presidente y vicepresidente son candidatos de elección popular desde el día domingo, 5 de enero de 2025, al 9 de febrero del 2025.
Artículo 7.- Delegar las funciones del Consejo de Administración Legislativa al Pleno de la Asamblea Nacional desde el día domingo, 5 de enero de 2025, al 9 de febrero del 2025.
Artículo 8.- Disponer que por Secretaría General se notifique con la presente resolución a las y los asambleístas, y todas las unidades de la Asamblea Nacional.
El debate en el Pleno
Jorge Chamba, asambleísta alineado a ADN, dijo que la máxima autoridad en periodo electoral es el Consejo Nacional Electoral (CNE) y que por lo tanto no se puede cometer una injerencia.
Habló de un supuesto intento de “meter por la ventana” a Verónica Abad. “Ella no debería estar en el país, no debería estar pendiente de lo que aquí resolvemos”, cuestionó al mencionar que se estaría “fraguando un golpe de Estado”.
Mientras que Juan Pablo Molina, de la Revolución Ciudadana, expresó que Abad es la vicepresidenta, no embajadora y debe ocupar sus funciones si el presidente Daniel Noboa entra en periodo de campaña.
Viviana Veloz, presidenta de la Asamblea Nacional, señaló que hasta la fecha más de 75 legisladores han solicitado la licencia. (I)
