El Ejecutivo veta parcialmente ley sobre discriminación laboral a mayores de 40 años

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QUITO, Pichincha

El presidente Daniel Noboa vetó parcialmente la ley sobre discriminación laboral a mayores de 40 años, que fue aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional, en febrero pasado. Las notificaciones llegaron la tarde del lunes 17 de marzo de 2025.

Uno de los proyectos objetados es la reforma a varias leyes referente a la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, que pretendía garantizar la igualdad de trato entre los jóvenes y las personas de más de 40 años.

Noboa considera que, al menos, dos artículos tienen vicios de inconstitucionalidad y siete resultan inconvenientes, porque muchos de ellos ya se contemplan en la Constitución y otras leyes, por lo que se repiten.

Obligación de contratarlos

Los legisladores aprobaron que si una empresa cuenta con 25 trabajadores estará obligada a contratar a uno mayor de 40 años. En el segundo año, la contratación será del 1% del total de los trabajadores hasta llegar al quinto año en donde será de al menos el 4%.

Para el gobierno, este artículo contraviene el artículo 82 de la Constitución, en cuanto a la seguridad jurídica de los empleadores, al exigirles crear plazas laborales para personas mayores a los 40 años, sin tener en cuenta las necesidades, preparación y capacidades.

Además, que la garantía del acceso al mundo laboral para los adultos mayores, de acuerdo a sus capacidades, está incluido en el artículo 37 de la Carta Magna.

Por lo tanto, aplicar cualquier nueva sanción por incumplimiento a través del Ministerio de Trabajo, como aprobó la Asamblea, también es inconstitucional, según la objeción.

El resto de objeciones son por inconveniencia, porque se contraponen a otras normativas.

Tres casos

  • Se dispone que las empresas capaciten a sus trabajadores en temas contra la discriminación, violencia y acoso laboral. Esto ya está en el Código Laboral, dice el Gobierno.
  • Se prohíben anuncios que incluyan requisitos de edad o cualidades físicas. La objeción señala que la ley ya establece que, en los procesos de selección, los empleadores no podrán exigir ningún requisito distinto a las competencias y capacidades.
  • La propuesta señala que, si una persona que aplica para un puesto de trabajo no es escogida, puede pedir un informe pidiendo explicaciones y hasta denunciar ante el Ministerio de Trabajo.

La objeción señala que esta entidad regula relaciones laborales en relación de dependencia, más no procesos de selección, que no constituyen un vínculo laboral. (I)

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Post Author: Redaccion

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