QUITO, Pichincha
La Corte Constitucional tratará la demanda de la Inconstitucionalidad a la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) para determinar si es constitucional o inconstitucional la prohibición de uso de dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos a los electores durante el sufragio en las Juntas Receptoras del Voto (JRV).
Sin embargo, negó la suspensión temporal de la norma, es decir, que hasta que la Corte no resuelva, no se puede restringir que los ciudadanos tomen la foto a la papeleta. La norma está vigente hasta que la entidad resuelva si prohíbe o no.
Al Pleno de la Corte Constitucional
La demanda será remitida al Pleno de la Corte Constitucional para saber si este tema será tratado con urgencia para que eso se resuelva antes del 13 de abril de 2025, día en que se realizará la segunda vuelta electoral.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) prohibió a los electores usar los celulares u otros dispositivos móviles durante el sufragio en el balotaje, en la que los ciudadanos no podrán tomar fotos a la papeleta.
Los miembros de las juntas receptoras del voto tampoco podrán usar el celular desde las 17:00 del 13 de abril y hasta que termine el escrutinio, salvo una persona para que utilice la calculadora.