QUITO, Pichincha
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) decidió archivar una causa relacionada con el uso de teléfonos celulares en la jornada electoral.
El recurso fue presentado por el abogado Manuel Ángel Vite Mariscal, quien impugnó una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) emitida el 13 de marzo de 2025.
Dicha resolución prohíbe el uso de dispositivos celulares durante el acto de votación en la segunda vuelta presidencial.
El Tribunal concluyó que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en la normativa electoral. Por esa razón, la demanda no fue admitida para trámite. El archivo se notificó el 25 de marzo de 2025.
https://drive.google.com/file/d/17bGCcAhI_gNQKjMMD5MDpjrriG36UR4W/view
Solicitud de aclaración
El juez Joaquín Viteri Llanga solicitó que el demandante aclare y complete su escrito. Esta disposición se emitió mediante auto fechado el 18 de marzo. El recurrente debía cumplir con lo establecido en los artículos 245.2 y 269 del Código de la Democracia.
Y debía precisar su pretensión y sustentar los derechos presuntamente vulnerados.
El Tribunal pidió también que se adjunten documentos que acrediten la calidad procesal del compareciente. Señaló que debía presentarse patrocinio legal o indicar expresamente que asumiría su propia defensa. Requirió que los documentos estén en original o copias certificadas.
El plazo para responder a lo solicitado venció el 20 de marzo a las 23h59. El 24 de marzo, el juez solicitó una certificación sobre la existencia de nuevos escritos.
La Secretaría General informó que no se registró ningún documento entre el 18 y el 24 de marzo. No se presentó información ni por vía física ni electrónica.
El Tribunal concluyó que el demandante no cumplió con los requerimientos procesales. En aplicación del artículo 7 del Reglamento de Trámites, se resolvió archivar el expediente. (I)