Ministerio de Trabajo reforma normas laborales para empleadores

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QUITO, Pichincha

El Ministerio de Trabajo implementó nuevas disposiciones que modifican los procedimientos de control y fiscalización para empleadores, con vigencia desde el 15 de mayo de 2025. Estas reformas actualizan el Acuerdo Ministerial MDT-2023-140, emitido en noviembre de 2023, y buscan fortalecer el cumplimiento de las obligaciones laborales mediante siete cambios clave.

1. Verificación con código HASH

Los documentos digitalizados cargados en las plataformas del Ministerio deberán incorporar un código HASH. Este identificador alfanumérico garantiza la autenticidad e integridad de los archivos y permite su trazabilidad digital. Su uso es obligatorio para toda documentación registrada en línea.

2. Registro obligatorio de trabajadores

Los empleadores están obligados a registrar en la plataforma oficial a todos los trabajadores activos en un plazo máximo de 30 días desde su ingreso. Además, deben conservar los documentos originales o digitalizados reportados, ya que el Ministerio no almacenará dichos archivos.

También se exige la entrega de documentos laborales (en original y copia certificada) tanto a trabajadores actuales como a extrabajadores. El incumplimiento se sancionará administrativamente.

3. Reducción de jornada laboral

Para reducir la jornada laboral, el empleador debe solicitar aprobación del Ministerio, conforme al artículo 47.1 del Código de Trabajo. Este permite, por causas justificadas, una jornada mínima de 30 horas semanales durante seis meses, prorrogables una sola vez.

En casos de despido, las liquidaciones se calcularán con base en la remuneración previa a la reducción. Además, las aportaciones al IESS deben realizarse sobre la jornada completa de ocho horas.

4. Reglas para empleadores domésticos y artesanales

Quienes contraten personal del servicio doméstico o cuenten con calificación artesanal deberán aplicar las mismas normas de registro y documentación. Los operarios y aprendices artesanales tienen ciertas excepciones contempladas en la Ley de Defensa del Artesano.

5. Actas de finiquito y pagos

Al finalizar una relación laboral, el empleador debe generar y registrar el acta de finiquito en el sistema del Ministerio en un plazo máximo de 15 días, adjuntando el comprobante de pago correspondiente.

Si el extrabajador no reclama su liquidación o la rechaza, el empleador debe consignar los valores por vía electrónica dentro del mismo plazo. El proceso incluye:

  • Generación virtual del acta de finiquito.
  • Aceptación de responsabilidad por parte del empleador.
  • Carga de documentos como roles de pago y justificaciones de descuentos.
  • Revisión y habilitación por parte del inspector laboral.
  • Carga del comprobante y conservación del acta firmada.

6. Reglamento Interno de Trabajo

Una vez aprobado por el Director Regional del Trabajo, el empleador tiene 15 días para descargar el respaldo del Reglamento Interno. Después de ese periodo, los archivos se eliminan del sistema. Si el reglamento es rechazado, se debe reiniciar el trámite.

7. Procesos de inspección vigentes

Las inspecciones, sanciones y multas en trámite al momento de la emisión del nuevo acuerdo seguirán bajo la normativa vigente al momento en que se efectuó la inspección. (I)

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Post Author: Redaccion

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