
QUITO, Pichincha
La asambleísta Ana Herrera, presentó la reforma a la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, que tiene el objetivo de garantizar una administración pública más ágil, digital, transparente y evaluable,
En el documento se establece la incorporación de obligaciones concretas de digitalización e interoperabilidad; la implementación de mecanismos de control y rendición de cuentas; así como la introducción de sanciones e incentivos.
La legisladora Herrera explicó que, a más de cinco años de su vigencia, en la aplicación de la Ley se han identificado vacíos normativos y jurídicos, falta de mecanismos de control y debilidad en la coordinación interinstitucional, lo que impide alcanzar la eficiencia que demanda la ciudadanía.
Entre los principales problemas se evidencian duplicidad de trámites, ausencia de interoperabilidad entre sistemas institucionales y escasa adopción de herramientas digitales.
De ahí que Herrera propone que los trámites administrativos y los servicios públicos se rijan por los principios de simplicidad, calidad, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, accesibilidad, descentralización, desconcentración, coordinación, planificación, control posterior y participación ciudadana.
Asimismo, establece que todas las entidades, organismos e instituciones del sector público deberán mantener digitalizada toda la información necesaria para la gestión y atención de trámites administrativos, en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la vigencia de esta Ley.
Para tal efecto, el órgano rector de la administración pública y el Ministerio de Telecomunicaciones coordinarán la asistencia técnica y emitirán los lineamientos tecnológicos correspondientes.
Los responsables de cada área implementarán mecanismos técnicos de evaluación, seguimiento y control. Se recopilará información sobre tiempos de atención, calidad del servicio y nivel de satisfacción ciudadana, y se publicarán informes semestrales en el portal de transparencia de la Función Ejecutiva.
Los gobiernos autónomos descentralizados, en coordinación con el ente rector, adoptarán medidas técnicas y organizativas para fortalecer la eficiencia de la administración pública. (I)
