
GUAYAQUIL, Guayas
Los concejales Arturo Escala, Terry Álvarez y Ana Fuentes, son los integrantes de la Comisión de Mesa que fue conformada para analizar y tramitar las tres denuncias presentadas para la posible remoción del alcalde Aquiles Alvarez, en medio de la incertidumbre sobre su permanencia en el Sillón de Olmedo.
La resolución fue aprobada por mayoría en el Concejo Cantonal este jueves 16 de abril. Ahora, este organismo será el encargado de calificar las denuncias y determinar si cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente para dar paso al proceso de remoción.
Entre los argumentos planteados en las solicitudes consta el presunto incumplimiento de los plazos establecidos en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
Este pedido se produce luego de que el pasado 26 de marzo concluyera la licencia o periodo de vacaciones solicitado por Alvarez, mecanismo con el que había evitado su remoción mientras cumple prisión preventiva en la cárcel de máxima seguridad El Encuentro, en la provincia de Santa Elena. Asimismo, se resolvió mantener en funciones a Tatiana Coronel como alcaldesa subrogante.
En ese sentido, se busca establecer si los tiempos legales ya habrían vencido, lo que abriría la posibilidad de iniciar un proceso de remoción bajo la figura de ausencia del cargo.
Proceso de remoción
De acuerdo con el artículo 336 del COOTAD, cualquier ciudadano puede presentar una denuncia para la remoción de una autoridad de elección popular, siempre que esté debidamente sustentada y reconocida ante la autoridad competente.
Una vez recibida, la Secretaría del Gobierno Autónomo Descentralizado debe remitirla a la Comisión de Mesa en un plazo de dos días. Este organismo tiene cinco días para calificarla y determinar si procede.
Posteriormente, se abrirá una etapa en la que las partes involucradas presentarán sus pruebas de cargo y descargo. Con base en ello, la comisión emitirá un informe con una recomendación al Concejo Cantonal, que será el encargado de tomar una decisión final mediante votación.
«La remoción se resolverá con el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes, para el cálculo, de manera obligatoria se considerará como parte integrante a los ejecutivos de cada Gobierno Autónomo Descentralizado de conformidad con la ley, salvo el caso de que el ejecutivo sea el denunciado. La autoridad legislativa que sea objeto de la acusación no podrá votar», precisa la normativa. (I)

