
QUITO, Pichincha
El Tribunal de Garantías Penales que resolvió el caso Triple A dispuso la clausura y disolución de seis empresas vinculadas al proceso por comercialización ilegal de hidrocarburos. La decisión fue anunciada durante la lectura de la resolución del caso, este 29 de agosto.
Se trata de las empresas Copedesa, Corpalubri, Ternape, Fuelcorp, Indudiésel y Harsajudi, que fueron declaradas penalmente responsables como personas jurídicas.
El tribunal determinó que estas compañías fueron utilizadas como parte del esquema investigado para acceder a contratos con Petroecuador y recibir combustibles que posteriormente habrían sido comercializados fuera de los segmentos autorizados.
Según la fundamentación expuesta por el juez ponente, las empresas constituyeron una estructura corporativa necesaria para la operación investigada.
Sus administradores y representantes, de acuerdo con el tribunal, habrían inobservado el ordenamiento jurídico y permitido que las compañías fueran utilizadas para beneficiar a la estructura.
Por estos hechos, además de ordenar su cierre definitivo mediante la clausura y disolución, los jueces impusieron a cada una de las seis personas jurídicas una multa de 1.000 salarios básicos unificados.
Más de USD 61 millones de reparación
El tribunal también estableció una reparación integral a favor del Estado por USD 61′502.000, que deberá ser pagada por los sentenciados dentro de las condiciones establecidas en la resolución, a excepción de los cómplices.
La cifra corresponde al perjuicio económico determinado a partir de la pericia financiera incorporada al proceso. Según lo expuesto durante la audiencia, la desviación de más de USD 22 millones en combustibles habría generado un lucro cesante para el Estado superior a los USD 61 millones.
El monto de reparación fue establecido como parte de las consecuencias económicas de la sentencia por la comercialización ilegal de hidrocarburos investigada en Triple A.
El mecanismo investigado
La Fiscalía sostuvo durante el juicio que las empresas formaban parte de una estructura que habría permitido desviar combustibles subsidiados hacia segmentos que no tenían autorización para recibirlos.
La acusación fiscal identificó este mecanismo como el “cambiazo”. Según la teoría presentada en el juicio, el esquema consistía en adquirir combustibles destinados a segmentos automotor y naviero nacional, que cuentan con subsidios, para posteriormente comercializarlos en los segmentos industrial y naviero internacional.
El tribunal concluyó que la infracción penal quedó acreditada y, posteriormente, individualizó la responsabilidad de las personas naturales y jurídicas procesadas.
En el caso de las empresas, los jueces determinaron que su participación no se limitó a operaciones comerciales ordinarias, sino que fueron utilizadas dentro de la estructura que permitió la desviación de los hidrocarburos. (I)
