QUITO, Pichincha
El Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo hasta septiembre para las declaraciones y anexos en las provincias que fueron afectadas por el paro de junio. Así lo informó el director general, Francisco Briones.
Los contribuyentes beneficiados con esta resolución son de las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza, Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana.
Esta resolución amplía el plazo hasta septiembre para la presentación de las declaraciones y anexos cuya fecha de vencimiento es en julio de 2022. Esto implica el pago de los impuestos correspondientes a dichas declaraciones en las provincias declaradas en estado de excepción, por ser las que sufrieron los mayores estragos debido al paro.
Los contribuyentes que al 30 de junio de 2022 tenían su domicilio tributario en las provincias señaladas, cumplirán sus obligaciones de la siguiente manera:
Hasta el 28 de julio de 2022, los contribuyentes especiales podrán declarar y pagar el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE) y retenciones en la fuente de impuesto a la renta, correspondientes a junio de 2022, sin intereses ni multas.
Los demás contribuyentes podrán declarar y pagar sin intereses ni multas, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE) y retenciones en la fuente de impuesto a la renta, correspondientes a junio de 2022 y al primer semestre de 2022, según corresponda, en los plazos previstos en el siguiente calendario:
Por otro lado, los contribuyentes obligados a presentar el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente al ejercicio fiscal 2021 y sus anexos, se podrán regir al siguiente calendario:
Todas las demás obligaciones que no constan en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000033, se deben cumplir en los plazos previstos en la normativa legal.