SUCÚA, Morona Santiago
Freddy Reinaldo M. fue aprehendido por el delito de violación, perpetrado contra su hijastra de 11 años.
En audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, Fiscalía inició una instrucción fiscal de treinta días y solicitó que se dicte la orden de prisión preventiva para el procesado y medidas de protección a favor de la víctima. Este pedido fue aceptado por el juez de turno.
De acuerdo al relato de la mamá de la víctima, al mediodía del 24 de octubre de 2023 la niña y su hermano llegaron de la escuela, al domicilio ubicado en el cantón Sucúa. Su padrastro les propuso que le acompañen a recoger leña y por esto les daría 0.50 centavos para la colación de la escuela.
Ellos accedieron, por lo que Freddy Reinaldo M. los llevó hasta un sector donde existe mucha vegetación y leña. Minutos después le mandó al niño a comprar una bebida y se quedó solo con la niña.
Ahí el ahora procesado habría aprovechado para violentar sexualmente a su hijastra –por tercera ocasión según se supo posteriormente– y le dijo que no le contara nada a su mamá.
Luego de recibir la denuncia, agentes de Policía acudieron al inmueble y aprehendieron en delito flagrante al procesado para llevarlo a órdenes de la autoridad competente.
Fiscalía formuló cargos con base en: los informes de las valoraciones médico-legal, psicológica y de entorno social. Además, el reconocimiento del lugar de los hechos y versiones de los agentes aprehensores.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado y sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal, con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. (I)