QUITO, Pichincha
“La concesión del asilo diplomático ( a Jorge Glas) constituye un acto ilícito del Estado que lo concede, apoya una evasión a la justicia del Estado ecuatoriano y promueve la impunidad”. Con ese mensaje, la Cancillería de Ecuador reiteró, este viernes 5 de abril, que no otorgará el salvoconducto para que Jorge Glas salga de la Embajada de México y viaje a ese país, que le otorgó asilo político.
“El Ecuador reitera que no otorgará salvoconducto alguno, ya que no procede”, dice el comunicado. Este hace mención a la Convención sobre Asilo Político de 1933 y la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954.
Esto se da horas después de que la Cancillería mexicana anunció que otorga asilo político al exvicepresidente de Ecuador, condenado por corrupción.
La Cancillería dijo que señala que remitió información a la Embajada de México. Se trata de la proporcionada por la Corte Nacional de Justicia y la Fiscalía sobre las sentencias condenatorias dictadas en contra de Jorge Glas por los delitos de asociación ilícita y cohecho.
A lo anterior se suma la orden de captura dispuesta por la Corte Nacional de Justicia en contra del exvicepresidente, dentro de una causa por el delito de peculado.
Además, la Cancillería recordó que el 28 de febrero del 2024, la Corte Constitucional declaró improcedente la acción de medidas cautelares autónomas presentada por Glas.
El artículo III de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933 “establecen claramente que no es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes y por tribunales ordinarios competentes”, dice la Cancillería ecuatoriana.
Sobre el exvicepresidente Glas pesan dos sentencias condenatorias ejecutoriadas por actos de corrupción. La primera condena fue de seis años por asociación ilícita, en el caso Odebrecht, y la segunda fue de ocho años por cohecho, en el caso Sobornos. (I)