Asamblea resolverá objeción parcial a las reformas a la Ley de Tránsito

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QUITO, Pichincha

La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori Abarca, convocó a los parlamentarios para mañana martes, a las 10h05, con el fin de conocer el informe no vinculante a la objeción parcial por inconstitucionalidad del proyecto de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el proyecto de resolución que exhorta al Jefe de Estado que derogue el pago del 2 %, sobre las ventas de las microempresas.

Llori también convocó a los legisladores a las 16:00 de hoy a la continuación de la sesión No. 622 del Pleno, en la cual se tratará el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Diversas Leyes para Evitar Abusos de las Entidades del Sistema Financiero Nacional.

La Comisión de Desarrollo Económico se encargó de analizar el dictamen de la Corte Constitucional respecto de la objeción parcial por inconstitucionalidad planteada por el Ejecutivo a las reformas a la Ley de Tránsito.

En su informe recomienda acoger las enmiendas realizadas en el dictamen constitucional a los textos de los artículos 46, 56, 57 (b) y 169 del proyecto.

Respecto al pago del 2 %, el legislador Mario Ruiz, en su proyecto de resolución, solicita al Presidente de la República que, en aplicación de sus facultades establecidas en la Constitución para presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, envíe a la Asamblea Nacional, un proyecto de ley, con el cual se derogue el Capítulo II sobre el Impuesto a la Renta del Régimen Impositivo para Microempresas. Ese capítulo está contenido en la Ley de Régimen Tributario Interno, puesto que ha generado para los microempresarios un impuesto que grava los ingresos, sin tomar en cuenta los gastos o costos incurridos ni considerar si obtuvieron o no utilidades, situación que se ha agravado con la recesión económica provocada por la pandemia.

Asimismo, exhorta al Gobierno Nacional para que en dicho proyecto se establezcan mecanismos de compensación, remisión de intereses, multas y recargos tributarios, así como facilidades de pago para su aplicación inmediata a través del Servicio de Rentas Internas, que beneficien a los microempresarios.

Esos beneficios, dijo favorecen a aquellos que no han tenido utilidades desde el inicio de la pandemia, con la finalidad de que el Régimen Tributario procure el cumplimiento de los principios de progresividad, eficiencia y equidad. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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