Bancos de Ecuador se alistan para aplicar resolución de la Junta de Regulación Financiera

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QUITO, Pichincha

La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria de Ecuador ha oficializado cambios estructurales en el sistema financiero nacional mediante la Resolución JPRFM-2025-014-M, modificando las reglas del juego para la banca pública, privada y el sector popular y solidario.

El aspecto más crítico de esta normativa es su fecha de implementación: los nuevos requerimientos de encaje bancario deberán cumplirse obligatoriamente a partir del periodo comprendido entre el 15 y el 21 de enero de 2026.

Este plazo aplica para los Bancos Privados, así como para las cooperativas de ahorro y crédito de los segmentos 1 y 2, cajas centrales y mutualistas.

Por su parte, las entidades más pequeñas tendrán un margen de tiempo adicional para ajustar sus balances a estas nuevas exigencias de liquidez.

Según la Disposición Transitoria Sexta de la resolución, las cooperativas del segmento 3 deberán acatar la normativa del encaje bancario a partir del periodo entre el 4 y el 10 de junio de 2026.

Esta decisión regulatoria busca establecer niveles de liquidez global que, en teoría, garanticen márgenes de seguridad, aunque su verdadera intención ha generado un intenso debate sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.

El mecanismo de extracción de liquidez

Para comprender el impacto real de esta medida, es fundamental analizar el contexto macroeconómico más allá del texto legal.

Según Pablo Lucio Paredes, director del Instituto de Economía de la USFQ, esta modificación al encaje bancario no responde a una necesidad técnica del sistema financiero, sino a la urgencia fiscal del Gobierno.

Paredes explica que, debido a que las finanzas públicas son “desordenadas y deficitarias”, el Ejecutivo busca captar recursos de cualquier fuente disponible, replicando estrategias como el alza del IVA o la eliminación de subsidios.

Bajo la óptica de Paredes, el gobierno de Ecuador ha identificado que los bancos y cooperativas poseen “plata guardada” y ha decidido intervenir mediante la obligación de mantener ese dinero en el Banco Central. Lo crucial aquí es que parte de ese encaje bancario deberá invertirse en bonos del Estado”.

Y califica esta maniobra como un “préstamo obligatorio”, donde el Estado fuerza al sistema a financiar su déficit. Esto implica que el dinero, que debería estar disponible para los depositantes o para créditos productivos, termina siendo absorbido por el gasto corriente gubernamental.

Impacto directo en el ciudadano y el crédito

La preocupación central radica en cómo esta política afecta al usuario común del sistema financiero. Al obligar a las instituciones a destinar una parte significativa de sus reservas a la compra de papeles estatales, se reduce automáticamente la disponibilidad de dinero para prestar a los clientes.

Paredes advierte que esto genera un efecto doblemente negativo: por un lado, hay menos crédito para el emprendimiento y el consumo; por otro, aumenta el riesgo sistémico, ya que la liquidez de los bancos queda atada a la solvencia del Estado y no a activos líquidos inmediatos.

El experto enfatiza que esta es una “muy mala decisión” que debilita la seguridad de la institución financiera. En lugar de una reforma profunda del Estado que ordene las cuentas, se opta por restar liquidez al sector privado.

Y que esta acción significa que el encaje bancario se convierte en una herramienta para cubrir huecos fiscales a corto plazo, perjudicando la capacidad de la banca para reaccionar ante retiros masivos o para impulsar la economía mediante préstamos, trasladando el problema de la ineficiencia estatal directamente al bolsillo del ciudadano.

Tasas y porcentajes de la nueva normativa

Desde un punto de vista estrictamente técnico, la resolución establece tasas diferenciadas según el tamaño y la naturaleza de la entidad.

Los Bancos Privados y el Sector Financiero Público con activos superiores a USD 1.000 millones deberán mantener un encaje bancario del 5,0%. Aquellas entidades con activos menores a este umbral tendrán una tasa reducida del 4,0%.

En el sector popular y solidario, las tasas oscilan entre el 4,0% para el segmento 1 y mutualistas, hasta el 1,0% para el segmento 3.

El cambio más polémico se encuentra en la composición de estos fondos en Ecuador.

De ahí que la normativa permite que los Bancos Privados y el Sector Popular y Solidario cubran hasta el 45% de su encaje bancario con instrumentos emitidos por el ente rector de las finanzas públicas (bonos), siempre que tengan un plazo menor a 360 días.

Para las entidades del Sector Financiero Público, esta cifra es aún mayor, permitiéndoles constituir hasta el 75% de su encaje en papeles estatales, lo que confirma la intención de canalizar liquidez hacia el gobierno. (I)

Con información de https://www.eldiario.ec/negocios/bancos-de-ecuador-se-alistan-para-acatar-nueva-resolucion-vigente-sobre-el-sector-financiero-desde-enero-de-2026-01012026/

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Post Author: Redaccion

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