QUITO, Pichincha
La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica para Impulsar la Iniciativa Privada en la Transición a Energías Renovables, calificado como urgente en materia económica.
El documento será enviado a la Presidencia de la Asamblea para que lo ponga a consideración del Pleno.
La Comisión de Desarrollo Económico aprobó el proyecto del Ejecutivo por unanimidad.
Esta iniciativa legal tiene el objetivo de fomentar la inversión privada en energías limpias.
Además, facilitar el desarrollo e implementación de proyectos de generación eléctrica de diferentes fuentes de energía renovable y energías de transición.
El proyecto señala que las personas jurídicas dedicadas a la actividad de generación térmica deberán presentar planes de transición hacia tecnologías de menor impacto ambiental.
Entre estas están: el uso de gas natural en lugar de combustibles fósiles más contaminantes, y desarrollar proyectos híbridos que combinen generación térmica con energías renovables.
Las personas jurídicas podrán importar gas natural para autoconsumo en procesos productivos.
También para los procesos que tengan como fin generar energía eléctrica y sustituir el uso de otros hidrocarburos en actividades productivas realizadas dentro del país.
Los proyectos actualmente en trámite con límites de 10 MW podrán solicitar una revisión de sus permisos para adaptarse a los nuevos límites de potencia.
Los proyectos que actualmente operan bajo el límite de 10 MW podrán solicitar un ajuste de potencia.
Los gobiernos autónomos descentralizados deberán implementar sistemas de gestión de residuos que incluyan el procesamiento de basura para la generación de energía.
Las empresas eléctricas distribuidoras deberán reemplazar las luminarias públicas actuales por luminarias de tecnología LED y solares.
La banca pública y privada podrá incorporar créditos con tasas preferenciales destinados a personas naturales y jurídicas del sector privado, que deseen implementar sistemas de generación de energía a partir de fuentes renovables para autoconsumo.
Estos sistemas deberán permitir a los beneficiarios la posibilidad de comercializar cualquier excedente de energía generado. (I)