
QUITO, Pichincha
La Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social aprobó con seis votos favorables el Informe de Cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte Constitucional, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil, Cesantía y Desempleo, el cual reformaba el artículo 7 de la Ley de Pasantías en el Sector Empresarial.
La Corte estableció un plazo máximo de dos años, hasta enero de 2024, para que la Asamblea Legislativa expidiera una ley que regule el pago de estipendios a los pasantes. Sin embargo, el área de Análisis Legal de Archivo Biblioteca certifica que aún no se ha tramitado normativa alguna en esta materia.
Con la aprobación del informe, la Comisión remitirá oficialmente el documento al órgano requirente antes de que venza el plazo legal, el 29 de junio.
Este avance representa un paso fundamental para fortalecer la protección laboral juvenil y consolidar un marco jurídico que regule las prácticas preprofesionales en el país. (I)