Comisión recomienda enjuiciar políticamente a Freddy Carrión

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QUITO, Pichincha

La Comisión de Fiscalización y Control Político, con seis votos afirmativos, aprobó el informe por el cual recomienda al Pleno de la Asamblea iniciar el juicio político en contra del defensor del Pueblo, Freddy Carrión, por incumplimiento de funciones, sobre la base de las solicitudes presentadas por los legisladores Yeseña Guamaní y Ricardo Vanegas.

La decisión se tomó la tarde de ayer miércoles, en una sesión de la Comisión, en la que se conoció el informe al que los legisladores de la bancada de Unión por la Esperanza (UNES) hicieron sus observaciones.

Dicho informe se aprobó con los votos de Ana Belén Cordero (CREO), Marco Troya (Ecuatoriano Unido), Pedro Velasco (Avanza), Bruno Segovia (independiente), María Soledad Diab (PSC), Fernando Villavicencio (Concertación-PSE).

Las abstenciones fueron de Roberto Cuero, Gabriela Molina y Comps Córdova, representantes de UNES.

En el informe, entre otras conclusiones, el organismo determina que luego de todas las pruebas de cargo y descargo; testimoniales y documentales en las cuales el interpelado dijo que estaba trabajando y ejerciendo sus funciones de Defensor, queda claro que existen varios incumplimientos a leyes expresas, como, por ejemplo, la Ley de la Defensoría del Pueblo y la Ley Orgánica del Servicio Público.

Asimismo, establece que el incumplimiento de normativa relacionada con derechos humanos se configuró cuando ejerció violencia y daños contra una persona de sexo femenino, tal como se ha evidenciado en los videos y en la documentación expuesta en el proceso penal, por lo cual se levanta Fuero de Corte y se da paso a la instrucción fiscal. Es decir, se presume que hay elementos suficientes para considerar que este hecho de vulneración de derechos ocurrió y debe ser investigado y procesado en instancias judiciales.

El funcionario hizo uso indebido de vehículos institucionales, bienes, ingirió alcohol y permitió que otras personas usen su firma electrónica, la cual es personalísima, según la Ley de Comercio Electrónico, con ello incitó a que caigan en hechos tipificados en el Art. 428 del Código Orgánico Integral Penal.

De conformidad con la normativa vigente, una vez difundido el informe, en el plazo de cinco días, la presidenta de la Asamblea Nacional deberá incorporarlo en el orden del día para consideración del Pleno. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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