Compañías pueden cancelar sus contribuciones en dos cuotas sin recargo

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QUITO, Pichincha

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros informa que conforme a lo establecido en el artículo 449, inciso séptimo de la Ley de Compañías, las sociedades sujetas a su control que hubieren cancelado por lo menos el 50% de su contribución hasta el 30 de septiembre, podrán cancelar el valor restante hasta el 30 de diciembre de 2021.

La entidad en un comunicado señala que las sociedades tendrán acceso a este beneficio sin necesidad de cumplir con trámite previo alguno, serán las que se encuentran en estado activo y no registren valores pendientes por concepto de contribuciones societarias de años anteriores.

Para acceder a esta opción, los usuarios podrán acercarse a las ventanillas del Banco del Pacífico, con el número de expediente de la compañía y solicitar el pago del 50% o la cancelación total de su obligación. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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