QUITO, Pichincha
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros informa que conforme a lo establecido en el artículo 449, inciso séptimo de la Ley de Compañías, las sociedades sujetas a su control que hubieren cancelado por lo menos el 50% de su contribución hasta el 30 de septiembre, podrán cancelar el valor restante hasta el 30 de diciembre de 2021.
La entidad en un comunicado señala que las sociedades tendrán acceso a este beneficio sin necesidad de cumplir con trámite previo alguno, serán las que se encuentran en estado activo y no registren valores pendientes por concepto de contribuciones societarias de años anteriores.
Para acceder a esta opción, los usuarios podrán acercarse a las ventanillas del Banco del Pacífico, con el número de expediente de la compañía y solicitar el pago del 50% o la cancelación total de su obligación. (I)