
SEÚL, Corea del Sur
Corea del Sur pondrá en vigencia desde el 1 de enero de 2026 la conocida “Ley Goo Hara”, una reforma clave al Sistema Nacional de Pensiones que impedirá que padres ausentes o negligentes cobren beneficios económicos tras la muerte de sus hijos.
El Ministerio de Salud y Bienestar, junto con el Servicio Nacional de Pensiones, confirmó el 5 de diciembre de 2025 la entrada en vigor de la modificación a la Ley de Pensiones Nacionales. La norma excluye del acceso a pensiones de sobrevivencia, salarios impagos, reembolsos y otros beneficios a progenitores que hayan abandonado o descuidado a sus hijos durante su vida.
Las autoridades explicaron que la reforma busca fortalecer la justicia social y recuperar la confianza ciudadana en el sistema de pensiones, al cerrar vacíos legales que permitían beneficios económicos a familiares que incumplieron sus deberes parentales.
El origen de esta ley se remonta al caso de Goo Hara, exintegrante del grupo KARA, fallecida en 2019. Tras su muerte, su madre biológica —quien la abandonó en la infancia y no mantuvo contacto con ella durante más de 20 años— reclamó legalmente la mitad de su herencia, lo que generó una fuerte reacción social y mediática.
Goo Ho In
En respuesta, Goo Ho In, hermano de la artista, impulsó en marzo de 2020 una petición formal para limitar los derechos hereditarios de familiares que no cumplieron responsabilidades básicas con el fallecido. Su iniciativa obtuvo amplio respaldo ciudadano y mantuvo el debate abierto durante varios años.
El proceso legislativo tomó fuerza en abril de 2024, cuando la Corte Constitucional declaró inconstitucionales ciertas disposiciones del Código Civil que garantizaban una porción mínima de herencia a familiares, sin evaluar el cumplimiento de sus obligaciones familiares. Meses después, en agosto de ese mismo año, el Subcomité de Legislación y Poder Judicial aprobó oficialmente la denominada “Ley Goo Hara”.
Con su aplicación en 2026, Corea del Sur marca un precedente legal que prioriza la responsabilidad parental y redefine el acceso a beneficios económicos tras el fallecimiento de un familiar. (I)
