
QUITO, Pichincha
La Corte Constitucional del Ecuador dispuso que el acuerdo de promoción y protección recíproca de inversiones entre Ecuador y Emiratos Árabes Unidos debe recibir obligatoriamente la aprobación de la Asamblea Nacional del Ecuador antes de que el Ejecutivo pueda ratificarlo.
El organismo informó este 9 de marzo de 2026 que los nueve jueces aprobaron por unanimidad el dictamen, luego de analizar la solicitud de control constitucional presentada por el Gobierno el 31 de diciembre de 2025.
La Corte explicó que este pronunciamiento corresponde al primer momento del control constitucional de tratados internacionales, establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. En esta etapa, el organismo determina si el acuerdo requiere aprobación legislativa antes de su ratificación.
Tras esta resolución, la Corte continuará con el segundo momento del control constitucional, que consiste en revisar el contenido del tratado para verificar su compatibilidad con la Constitución.
Además, el tribunal ordenó publicar el texto del acuerdo en el Registro Oficial y en su portal institucional. Desde la fecha de publicación, los ciudadanos tendrán un plazo de diez días para presentar argumentos a favor o en contra de la constitucionalidad total o parcial del instrumento internacional.
El acuerdo establece mecanismos para resolver controversias entre inversionistas y Estados mediante arbitraje internacional, una figura que Ecuador dejó de aplicar en 2017 durante el gobierno del expresidente Rafael Correa.
El convenio forma parte de la estrategia del Gobierno del presidente Daniel Noboa para atraer capital extranjero y fortalecer las relaciones económicas con Emiratos Árabes Unidos. (I)
