
QUITO, Pichincha
La presidenta de la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Nacional de Justicia, Enma Tapia Rivera, aclaró que la eliminación del pago de desahucio solo aplica para empleados del sector público que opten por el retiro voluntario. La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, criticó la decisión y la calificó como un retroceso en derechos laborales.
Resolución con efecto inmediato
La Corte Nacional de Justicia publicó el 13 de febrero de 2025 la Resolución 03-2025, que establece que los funcionarios públicos que decidan retirarse voluntariamente no recibirán la compensación por desahucio. Esta normativa entró en vigor el 22 de enero de 2025, fecha en que fue aprobada, y tiene fuerza de ley.
Ante la incertidumbre generada, la jueza Tapia Rivera aclaró en su cuenta de X (antes Twitter) que la medida solo afecta a servidores públicos, ya que en el ámbito privado no existe la figura del retiro voluntario.
“El desahucio es un beneficio equivalente al 25% del último salario mensual por cada año de servicio. Para los trabajadores privados, si renuncian con aceptación del empleador, si los despiden o si solicitan desahucio, este debe ser pagado sin excepción”, detalló Tapia Rivera.
Argumentos a favor y en contra
Para la abogada laboral Vanessa Velásquez, la resolución evita desembolsos excesivos en el sector público. Explicó que la Ley de Empresas Públicas ya contempla una compensación de hasta siete salarios básicos unificados por cada año de servicio, con un tope de 210 salarios, es decir, USD 98.700.
“Antes, además de esta bonificación, algunos jueces ordenaban el pago de desahucio, lo que generaba montos elevados. La Corte Nacional ha resuelto correctamente al evitar una doble compensación”, sostuvo Velásquez.
Cristóbal Buendía, procurador de la Federación de Trabajadores Públicos y Privados, coincidió en que la medida solo afecta a los servidores públicos que opten por el retiro voluntario y descartó presentar una demanda de inconstitucionalidad.
Ministra de Trabajo rechaza la resolución
La ministra Ivonne Núñez cuestionó la decisión de la Corte Nacional y advirtió que esta estaría modificando el Código del Trabajo, lo cual no le corresponde.
“El Código ya establece que tanto los empleados despedidos como quienes renuncian tienen derecho al desahucio. Ahora, la Corte Nacional elimina este beneficio en el sector público, lo que vulnera una garantía laboral”, enfatizó Núñez.
Además, recordó que en otra ocasión la Corte aplicó un criterio similar al limitar las demandas por despido ineficaz en casos de mujeres en estado de lactancia o embarazo, lo que afectó la posibilidad de reclamar otros beneficios en un solo proceso.
El Ministerio de Trabajo evalúa la posibilidad de presentar una demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución 03-2025. ¿Podría esta decisión afectar futuras regulaciones laborales en el país? (I)