QUITO, Pichincha
El presidente Daniel Noboa ha dado un paso importante al presentar una reforma parcial a la Constitución de Ecuador, con el fin de modificar el artículo 35 y el artículo 51, eliminando a los presos de la categoría de «grupos de atención prioritaria».
En su propuesta, Noboa plantea que los recursos y servicios del Estado deben centrarse en quienes realmente los necesitan, como los niños, las personas con discapacidad, los adultos mayores y otros sectores vulnerables.
Según su planteamiento, la atención a las personas privadas de libertad, aunque importante, no debe sobrepasar la de aquellos que, por su situación, requieren atención inmediata y urgente.
El artículo 35 de la Constitución, que actualmente otorga prioridad a los presos en áreas como salud, está bajo revisión. Noboa justifica la reforma afirmando que su objetivo es garantizar una distribución más justa y equitativa de los recursos públicos, buscando priorizar las necesidades de los sectores más desprotegidos de la población.
Mientras tanto, el artículo 51, que también reconoce varios derechos para los privados de libertad, se modificaría para alinear este enfoque con la nueva propuesta presidencial.
El presidente resalta en sus declaraciones que esta reforma está basada en principios de justicia e igualdad, pero ¿Qué implicaciones tiene para la equidad social recortar los beneficios de los presos, quienes, aunque han perdido su libertad por sus acciones, siguen siendo sujetos de derechos fundamentales? ¿Cómo garantizar que los recursos del Estado se distribuyan de manera justa sin sacrificar la atención a los sectores más vulnerables que enfrentan situaciones extremas de necesidad? (I)