QUITO, Pichincha
La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) prohibió el uso de drones cerca de personas o propiedades privadas si se compromete la privacidad en Ecuador. Así lo señala el Boletín de Seguridad Operacional del 15 de abril de 2025.
Esta normativa indica que, no está permitido operar drones en zonas restringidas, incluyendo aquellas donde pueda demostrarse una afectación a la intimidad personal.
Así la DGAC, dispone la prohibición de operaciones de drones en las proximidades de personas o propiedad privada, de tal manera que pueda vulnerar el derecho a la privacidad.
Además, el organismo, recordó que el uso de aeronaves no tripuladas (drones) debe realizarse en estricto cumplimiento de la normativa vigente, y en ningún caso podrá vulnerar los derechos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales de las personas.
Con esta disposición se recuerda lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, donde está prohibida la captura, almacenamiento o difusión de imágenes, vídeos o cualquier información personal que se obtenga mediante dispositivos de captura ubicados en drones, sin el consentimiento expreso de los titulares de dicha información, salvo las excepciones contempladas en la Ley.
La DGAC indicó que el uso indebido de estos dispositivos podría constituir una infracción administrativa o un delito, con las respectivas responsabilidades legales que ello implica. (I)