«El dólar es el único medio de pago oficial en el país»: Daniel Noboa

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CUENCA, Azuay

El  presidente Daniel Noboa ratificó que el dólar estadounidense es el único medio de pago oficial en Ecuador mediante el decreto Ejecutivo # 565, publicado hoy martes 18 de marzo.

Noboa, durante una entrevista en una emisora nacionalen Cuenca, instó a la bancada oficialista de Alianza Democrática Nacional (ADN), a proponer en la Asamblea Nacional un trámite de reforma a la Constitución para fijar que la política monetaria sea facultad exclusiva del Ejecutivo a través del Banco Central, y que todas las operaciones moneterias sean expresadas en dólares estadounidenses.

El Mandatario aseguró en la entrevista que el objetivo de este decreto es «fortalecer la dolarización» ante comentarios del correísmo que hablan de métodos de pago alternativos. “Ahora se habla de ecuadólares, de moneda electrónica, de dolarización a la ecuatoriana, y ¿qué es lo que buscan hacer?», se cuestionó Noboa.

”En este caso, los opositores buscan tener una medida de pago alternativa para los proveedores del Estado. A gente (a la) que le debe plata, le da con esta moneda electrónica, para sueldos y para seguir alimentando un gasto insostenible”, subrayó.

Dólar , única moneda de pago

El decreto se enmarca en  ratificar como unidad monetaria y único medio de pago oficial en la República del Ecuador al dólar de los Estados Unidos de América, Instar a la bancada Alianza Democrática Nacional (ADN) de la Asamblea Nacional a proponer en el trámite legislativo de reforma al artículo 303 de la Constitución de la República del Ecuador el siguiente texto:

«El Art. 303.- La formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco Central. Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América.

La ejecución de la politica crediticia y financiera también se ejercerá a través de la banca pública.

El Banco Central es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y funcionamiento será establecido por la ley.

El Banco Central del Ecuador no podrá emitir otro tipo de moneda o moneda paralela distinta al dólar; su ámbito de acción se enfocará en fomentar y mantener un sistema monetario estable y coadyuvar a la estabilidad financiera, con el fin de preservar la integridad de la dolarización.

El Banco Central no proporcionará financiamiento directo o indirecto a las instituciones del sector público. La ley desarrollará las disposiciones adicionales para la defensa de la dolarización». (I)

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Post Author: editor Ecuador 221

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