El gasto público está normado en el Decreto Ejecutivo # 457

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QUITO, Pichincha

El presidente Guillermo Lasso Mendoza, emitió el pasado 18 de junio, el Decreto Ejecutivo N° 457 que aborda la optimización del gasto público, y que contiene 40 disposiciones. ​​​​

En este documento -que fue motivo de un extenso debate en redes sociales por el temor a despidos- incluye temas como el pago de remuneración variable, horas extra, contratos ocasionales, reasignación de tareas, compra de pasajes, adquisición de celulares, vacantes, pago de viáticos, viajes, depuración institucional, entre otros.

Según el Gobierno, este decreto reemplaza en su totalidad al Decreto Ejecutivo N° 137 del 1 de septiembre de 2017, emitido durante la administración de Lenin Moreno.

El documento señala que la remuneración variable para el sector público, suspendida en el anterior decreto, estará sujeta a estudios, validados por el Ministerio de Trabajo.

Además, se indica que el personal de apoyo del sector público podrá ser reasignado para cumplir otras tareas. Es decir, se busca cumplir la regla del 70 % – 30 % (70 % personal profesional y técnico y 30 % administrativo o de apoyo).

Con el objetivo de cumplir con esta estructura, el Ministerio del Trabajo emitirá una normativa de supresión de puestos que excedan la regulación.

El Ministerio del Trabajo y la Secretaría de Planificación, con base a un análisis técnico respectivo, identificará a instituciones de la Función Ejecutiva que “no generen un aporte significativo” y podrán disponer su eliminación.

El decreto señala que el pago de horas extras deberá ser autorizadas por la Unidad de Gestión de Talento Humano, pero no podrán exceder las 20 horas al mes. En el decreto anterior, el máximo era de 30 horas.

Además, se indica que, si una entidad termina contratos ocasionales o nombramientos provisionales, no podrá contratar al mismo personal a cargo de proyectos de inversión.

En la misma línea, las instituciones Estatales deberán priorizar la contratación de personal residente en la localidad. Si contrata a personal no residente, no se reconocerán viáticos por residencia.

Además, se prohíben las contrataciones nuevas en la Función Ejecutiva mientras exista personal que pueda ser reasignado; y las vacantes que estén vacías por más de tres meses se eliminarán.

Respecto a los viajes al exterior de funcionarios públicos de la Función Ejecutiva, el decreto establece que deberán ser aprobados y justificados por la Secretaría de Administración Pública, y para las empresas públicas será la máxima autoridad la que los autorice. Los pasajes aéreos serán los más económicos, según cada caso.

Incluso, dentro del territorio ecuatoriano, lo funcionarios deberán justificar los traslados, y se deberán realizar solo si es estrictamente necesario que sea presencial.

Asimismo, en el documento se prohíbe la compra de vehículos de alta gama y permite la renta de vehículos. El uso de los vehículos públicos deberá estar sustentado con un reporte mensual.

También se prohíbe la asignación de celulares en la Función Ejecutiva, con excepciones. Anteriormente, solo se podían entregar celulares a los funcionarios de nivel jerárquico grado 7 hacia arriba. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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