QUITO, Pichincha
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública será publicada en el Registro Oficial en los próximos días, una vez que el Pleno de la Asamblea Nacional resolvió la objeción parcial del presidente Guillermo Lasso Mendoza.
Esta normativa garantiza que la información pública sea accesible, oportuna, completa y fidedigna, para el ejercicio de los derechos ciudadanos contemplados en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales ratificados por Ecuador, con el fin de consolidar la confianza de la ciudadanía en las instituciones.
Además, esta ley crea herramientas para proteger, respetar, promover y garantizar la información pública; se observarán prioritariamente los siguientes enfoques: derechos humanos, género, intergeneracional, inclusivo e intercultural.
Organo de control
La asambleísta Rosa Mayorga, ponente del informe de la Comisión de Participación Ciudadana, sugirió que se ratifique a la Defensoría del Pueblo como el órgano rector de control y cumplimiento de la entrega de información pública y no la Superintendencia de Datos Personales, como sugería la objeción presidencial.
De igual manera, sostuvo que la Defensoría del Pueblo será el órgano sancionador ante el incumplimiento de la ley.
El Pleno del Legislativo ratificó los textos de 20 artículos y disposiciones que fueron inicialmente aprobados por la Asamblea Nacional y se allanó a siete de las 27 observaciones que realizó el Ejecutivo.
El derecho de acceso a la información pública comprende el derecho a buscar, acceder, solicitar, investigar, difundir, buscar, recibir, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir información.
Toda la información producida, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones establecidos en la presente normativa legal. (I)