TULCÁN, Carchi
A diecinueve años de pena privativa de libertad fue sentenciado Jefferson Daniel A. M., como autor de la violación a su sobrina: cometió el delito desde que ella tenía 10 años.
Según las pruebas practicadas en la audiencia de juicio, las agresiones sexuales se perpetraron por aproximadamente treinta ocasiones, cuando la niña salía de la escuela en la que estudiaba e iba a almorzar a la casa de su abuela.
En ese domicilio vivía también su tío, –ahora sentenciado– de 31 años de edad, quien quedaba a su ‘cuidado’, porque la abuela de la niña se iba a atender su negocio en la tarde.
La niña presentó varias actitudes inusuales tras los hechos, que llevaron a la madre a sospechar que algo malo le ocurrió. Cuando la víctima tuvo 16 años, relató todo lo vivido durante ese tiempo y afirmó que su abuela sabía lo que pasaba; sin embargo, le pidió que no dijera nada.
Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó como pruebas: los testimonios de la madre y del hermano de la agraviada, del médico legista, de la perita psicóloga, del agente investigador del caso, de la trabajadora social; del médico psiquiatra que atiende a la ahora adolescente en una casa de salud de Tulcán, de la psicóloga de la unidad educativa a la que asiste y su testimonio anticipado.
Con todos estos elementos, Tribunal de Garantías Penales de Carchi condenó a Jefferson Daniel A. M. como autor de la violación de su sobrina, imponiéndole una pena de diecinueve años de prisión, sin considerar las circunstancias agravantes justificadas durante la diligencia, por lo que Fiscalía anunció que impugnará dicha sentencia.
En su resolución, el Tribunal también ordenó la continuación del tratamiento psicológico y psiquiátrico para la agraviada. (I)