
QUITO, Pichincha
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) informó que el llenado del Formulario de Registro Aduanero (FRA) será obligatorio únicamente para pasajeros y tripulantes que ingresen o salgan del país transportando bienes sujetos a declaración, cuyo valor sea igual o superior a 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas.
Entre los bienes que exigen esta declaración se incluyen dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador, joyas, metales y piedras preciosas. Los viajeros sin bienes sujetos a declaración están exentos de completar el formulario.
Desde el 29 de julio de 2025, la declaración deberá realizarse en línea mediante el portal oficial del Senae, aunque en casos excepcionales se aceptará presentación en formato físico. Al finalizar el trámite, el sistema genera un código QR que el usuario debe mostrar en los controles migratorios y aduaneros para agilizar las inspecciones.
La medida aplica a nacionales y extranjeros, quienes deben ingresar sus datos personales, información del vuelo y detalles de los bienes transportados. En caso de viajar con menores, sus datos también deben incluirse.
El incumplimiento de esta normativa puede acarrear sanciones legales, multas, retención de bienes y la imposibilidad de completar los controles migratorios. Esta regulación se fundamenta en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Lavado de Activos, vigente desde julio de 2024, y busca fortalecer la lucha contra delitos financieros y mejorar la gestión aduanera en Ecuador. (I)
