QUITO, Pichincha
El Gobierno declaró el estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, y Sucumbíos.
La medida incluye además el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.
Este estado de excepción sí incluye toque de queda de 22:00 a 05:00, pero solo para determinados cantones de Azuay, Guayas, Los Ríos, Orellana y Sucumbíos
Provincias y cantones:
- Azuay: Camilo Ponce Enríquez
- Guayas: Durán y Balao
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Puebloviejo, Vinces, Valencia, Ventanas. Mocache, Baba, Palenque, Quinsaloma y Montalvo.
- Orellana: Puerto Francisco de Orellana y Loreto.
- Sucumbíos: Shushufindi y Lago Agrio
La decisión se toma, según el decreto 599, conforme a lo citado en el informe de la Policía Nacional, es necesario incluir la medida de restricción de la libertad de tránsito de forma focalizada y provisional en los cantones y parroquias detalladas.
Esta limitación a la libertad de tránsito focalizada persigue un fin constitucionalmente válido en cuento busca precautelar la paz, el orden público, la seguridad y la integridad personal reconocidos en la Constitución Política del Estado.
Las personas que circulen durante el horario temporal de restricción serán puestas a órdenes de las autoridades competentes.
De acuerdo al decreto firmado por el presidente Daniel Noboa, se exceptúan de la restricción a la libertad de tránsito, los siguientes:
- Servicios de salud de la red de salud pública integral y de la red privada complementaria;
- Seguridad y fuerza pública, seguridad complementaria privada, los servicios de gestión de riesgos y servicios de atención de emergencias; y,
- Servicios de emergencia vial.
También quedan exentos los funcionarios de la Presidencia, Vicepresidencia, ministerios de Gobierno, Interior, Defensa Nacional, SNAI, Asamblea Nacional, cuerpo diplomático, de la Función Electoral o autorizados por el CNE, comunicadores sociales, quienes deban movilizarse a puertos y aeropuertos, abogados, entre otros.
Este estado de excepción, que durará 60 días, determina estas medidas:
- Suspender el derecho a la inviolabilidad de domicilio en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos; el Distrito Metropolitano de Quito y el cantón Camilo Ponce Enríquez.
- En las mismas provincias se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia
- Toque de queda en 22 cantones, de 22:00 a 05:00, todos los días. Esta medida no incluye a Quito.
- Disponer la movilización de la Policía y Fuerzas Armadas. (I)