
MACHALA, El Oro
El presidente Daniel Noboa firmó el 31 de marzo de 2026 el Decreto Ejecutivo 348, que establece la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15% al 8% para servicios turísticos durante el feriado de Semana Santa en Ecuador.
La disposición regirá durante tres días específicos: viernes 3, sábado 4 y domingo 5 de abril de 2026, con el objetivo de incentivar la actividad turística y fortalecer la economía en uno de los feriados más importantes del calendario nacional.
El decreto delimita la aplicación del beneficio exclusivamente a actividades catalogadas como turísticas, conforme a la normativa vigente. Entre los servicios incluidos constan alojamiento, alimentos y bebidas, transporte turístico, operación de agencias de viajes y organización de eventos.
Para acceder a la tarifa reducida, los prestadores deberán cumplir con los requisitos legales establecidos y pertenecer al catastro oficial de actividades turísticas.
El documento también dispone que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecute controles y acciones necesarias para garantizar la correcta aplicación del IVA reducido. Además, los establecimientos deberán emitir comprobantes de venta con la tarifa del 8% durante los días señalados.
El Ejecutivo sustenta la medida como parte de una estrategia para dinamizar la demanda interna, reactivar el sector turístico y promover el movimiento económico durante el feriado. El decreto cuenta con el aval técnico del Ministerio de Economía y Finanzas. (I)

