Incentivo para financiar proyectos culturales

deducibilidad-del-150-incentivo-para-financiar-proyectos-culturales.ecuador221.com_.ec_ Incentivo para financiar proyectos culturales

QUITO, Pichincha

El incentivo tributario del 150% permite a las empresas y personas que apoyen propuestas vinculadas a emprendimientos, artes, innovación, patrimonio cultural y memoria social deducir hasta un 150% adicional del monto patrocinado al momento de realizar su conciliación tributaria para el pago del Impuesto a la Renta. Este beneficio ofrece una alternativa financiera para fomentar el desarrollo artístico y cultural durante un año fiscal.

Funcionamiento del incentivo:
Por cada dólar invertido en cultura, el patrocinador podrá deducir $1.50 en su declaración tributaria. Este mecanismo se aplica bajo las disposiciones del Acuerdo Ministerial Codificado MCYP-MCYP-2024-0015-A, vigente desde el 19 de enero de 2024.

Para las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad, no existe una utilidad o pérdida contable que amerite una conciliación tributaria, según el oficio SRI-NAC-SGC-2024-0166-O. Sin embargo, si su régimen impositivo lo permite, aún podrán acceder al beneficio, siempre que el impuesto se liquide bajo las reglas generales.

¿Quiénes pueden acceder al incentivo?
Los beneficiarios son los actores del ecosistema cultural, incluyendo artistas y gestores culturales registrados en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC), así como entidades públicas reconocidas en el Sistema Nacional de Cultura (SNC). También pueden participar personas naturales y jurídicas del sector privado que financien propuestas calificadas por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

Tipos de propuestas elegibles:
El incentivo está dirigido a proyectos que impliquen:

  • Organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales.
  • Producción y patrocinio de obras cinematográficas.
  • Fomento de las artes y la innovación cultural.

Estos proyectos pueden estar relacionados con emprendimientos, artes, innovación, memoria social o patrimonio cultural, siempre que estén calificados por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

Proceso para acceder a la calificación de propuesta:

Para que una propuesta pueda recibir el patrocinio monetario o no monetario, deberá ser calificada por el Ministerio de Cultura y Patrimonio. Este proceso involucra los siguientes pasos:

  1. Solicitud de calificación: El postulante debe iniciar el proceso de calificación a través de la plataforma oficial.
  2. Firma de contrato de patrocinio: Una vez calificada, el patrocinador y el artista o gestor cultural podrán firmar un contrato de patrocinio, ya sea monetario o en bienes y servicios.
  3. Reporte de patrocinio: El patrocinador debe reportar el patrocinio en la plataforma oficial, conforme a las reglas establecidas.
  4. Cierre de calificación: Este proceso permite verificar el estado de las propuestas artísticas y culturales calificadas.

Requisitos del patrocinador para acceder a la certificación:
Para acceder a la certificación, el patrocinador debe entregar recursos, ya sean monetarios o no monetarios, y reportar el patrocinio a través de la plataforma de incentivos culturales. Al hacerlo, podrá recibir una certificación del Ministerio de Cultura y Patrimonio que le permitirá deducir hasta un 150% del monto invertido en su declaración de impuestos.

Con la posibilidad de obtener un incentivo tributario adicional del 150%, ¿Serán más las empresas y personas que se sumen al patrocinio de proyectos culturales? ¿Cuánto cambiará el panorama de financiamiento en el sector artístico y cultural ecuatoriano con esta nueva estrategia tributaria? (I)

Compartir

Shares

Post Author: Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *