La Comisión Nacional Anticorrupción será un fraude

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Por Franklin Moreno Quezada

La Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción fue ratificada por Ecuador y publicada en el Registro Oficial del 15.12.05, que la declaró Ley de la República, es decir, sus normas son vinculantes.

Los órganos de control de la corrupción deben ser transparentes, independientes y no dependientes del sector fiscalizado. El artículo 6 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción establece que los órganos de transparencia y prevención de la corrupción deben “otorgarle la independencia necesaria”   y “sin ninguna influencia”.

Si una Comisión Anticorrupción está integrada por representantes del Presidente de la República, de la Asamblea Nacional, de la Función Judicial, de la Función Electoral, Función de Transparencia, de AME, del CONGOPE, y de la Defensoría del Pueblo con qué independencia y transparencia van a fiscalizarse así mismo.

Los bienes, efectos, dineros y recursos públicos, así también los procesos de contratación y fiscalización estaría en manos de los mismos funcionarios representados en la ” Comisión “: ¿Quién garantiza transparencia? ¿Quiénes cuidarían el queso?

El manejo de los dineros, efectos y recursos, así como los procesos de contratación pública deben ser fiscalizados por un representante de la Fiscalia General del Estado, uno de la Contraloría General del Estado uno de la Unidad de Asuntos Financieros; y dos representantes de la Sociedad Civil que la presidirán, esta es mi propuesta formulada al inicio de la gestión del presidente Guillermo Lasso:  “Unidad de Transparencia y Prevención de la Corrupción”.

La Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción busca eliminar toda posibilidad de enriquecimiento personal ilícito de los funcionarios públicos.

Franklin Moreno Quezada es el autor de la norma constitucional “Derecho a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción”, 3.8. (O)

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Post Author: David Jaramillo

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