QUITO, Pichincha
El artículo 25 de la recientemente aprobada Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo busca incentivar el uso tarjetas, transferencias u otros métodos en montos mayores de USD 500. Esto con el objetivo de mejorar los controles contra el lavado de activos.
Textualmente el artículo dice lo siguiente:
“Sobre operaciones de más de quinientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 500,00), gravadas con los impuestos a los que se refiere esta Ley se establece la obligatoriedad de utilizar a cualquier institución del sistema financiero para realizar el pago, a través de giros, transferencias de fondos, tarjetas de crédito y débito, cheques o cualquier otro medio de pago electrónico”.
“Para que el costo o gasto por cada caso entendido superior a los quinientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 500,00) sea deducible para el cálculo del Impuesto a la Renta y el crédito tributario para el Impuesto al Valor Agregado sea aplicable, se requiere la utilización de cualquiera de los medios de pago antes referidos, con cuya constancia y el comprobante de venta correspondiente a la adquisición se justificará la deducción o el crédito tributario”.
Compras en efectivo
Ahí se establece que, si la compra es en efectivo por un monto mayor a 500 dólares, y no se utiliza ningún tipo de mecanismo rastreable como transferencia bancaria o tarjeta de crédito o débito, el gasto no podrá ser deducible del pago del impuesto a la renta o aplicar a la devolución del IVA.
Así, lo que se busca es desincentivar el uso de efectivo desde ciertos montos con el objetivo de apuntalar los controles contra el lavado de activo e impulsar la bancarización.
Antes de esta última reforma, la Ley de Régimen Tributario Interno establecía que monto permitido para los pagos en efectivo, que pueden aplicar a beneficios tributarios, era hasta USD 1.000.
Daniel Noboa ha dicho en múltiples ocasiones que se debe mejorar los controles sobre el lavado de activos para golpear de manera efectiva a las estructuras criminales que han puesto en zozobra al Ecuador.
En este contexto, bajar el monto de los pagos en efectivo que puede aplicar a beneficios tributarios en un paso en esa dirección, el cual podría complementarse con la obligación de que los negocios reporten a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) las compras en efectivo mayores a USD 500. (I)