QUITO, Pichincha
Las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) no se concretaron en el Pleno de la Asamblea. Después de casi 20 minutos de reinstalar la sesión 900, el presidente Henry Kronfle la suspendió nuevamente y se retomará en los próximos días, cuando sea convocada.
La sesión número 900 empezó con el análisis, en segundo debate, del proyecto de reformas al COIP. Este busca unifica 43 iniciativas legislativas, como una herramienta que contribuye al combate contra la inseguridad ciudadana y la delincuencia organizada.
Revisar sentencias
La intención del movimiento Revolución Ciudadana de incorporar una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que se revisen las sentencias condenatorias ejecutoriadas, tendrá que seguir esperando.
Entre las reformas al COIP catalogadas como “polémicas” está el artículo 79, en el que se añaden dos causales que permiten la revisión de una sentencia, en primer lugar; por vicios de procedimiento insubsanables o graves violaciones al debido proceso; y, en segundo lugar, acogiendo los fallos emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas.
En el artículo 71 de la reforma al COIP, se incluyó la obligación que tendría la fiscalía general del Estado de informar a la Asamblea Nacional sobre cualquier caso que se encuentre en investigación, aunque esté apenas en indagación previa.
Información reservada
Con las reformas al COIP, el correismo también intentaba obligar a la fiscalía general del Estado (FGE) a entregar información reservada al Parlamento e incluso a organismos como el Consejo de la Judicatura, y a la Contraloría. Si se llega a aprobar la reforma, la Fiscalía también tendría archivar investigaciones previas de delitos aún no prescritos.
Fernando Cedeño (Revolución Ciudadana), presidente de la Comisión de Justicia, destacó que el informe se aprobó de manera unánime el 9 de febrero de 2024 (Revolución Ciudadana, PSC, ADN, Gente Buena, Independiente).
Sin embargo, en la sesión del pleno del Legislativo de ayer, Vicente Taiano (PSC), modificó su criterio, y enfatizó que no se puede levantar la reserva de la investigación previa. “Quien lo hace comete un delito penal; no se puede entorpecer la investigación de la Fiscalía”, dijo.
El PSC también se pronunció en contra de la revisión de las sentencias condenatorias ejecutoriadas. “Respaldar este punto sería atropellar la esencia de figura legal”, agregó Taiano.
Taiano coincidió con los criterios de los movimientos Construye y Gente Buena, que en el debate en el pleno pidieron el archivo de estos artículos, y que el texto de la reforma regrese a la Comisión y se proceda a una modificación de la propuesta para que, en ocho días sea conocida en el pleno.
La aprobación de la reforma al COIP requiere 70 votos, según como se establece en la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). (I)