
QUITO, Pichincha
La anterior Asamblea Nacional aprobó la Ley de Reformas contra la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, que protege a los trabajadores mayores de 40 años frente a prácticas discriminatorias. La normativa entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial, proceso que hasta este 14 de mayo de 2025 aún no se ha concretado.
A pesar del veto parcial del presidente Daniel Noboa, la mayoría legislativa rechazó sus objeciones, argumentando falta de sustento jurídico y ausencia de alternativas concretas. Además, los legisladores incorporaron las observaciones de la Corte Constitucional y modificaron los artículos 2 y 3 para subsanar los problemas de inconstitucionalidad.
La ley introduce reformas importantes al Código de Trabajo, entre ellas la obligación para empleadores de capacitar a sus colaboradores en prevención de acoso y discriminación por edad, con un mínimo de 10 horas de formación. También exige que empresas con más de 25 empleados contraten trabajadores mayores de 40 años, estableciendo sanciones para quienes incumplan. Además, prohíbe la discriminación etaria en ofertas laborales, promociones, despidos y capacitaciones, y obliga a justificar por escrito cualquier negativa de contratación sospechosa de discriminación.
En el sector público, la normativa prohíbe la discriminación en procesos de selección y formación, sancionando a quienes vulneren estas disposiciones. Se limita la jubilación obligatoria en universidades, promoviendo la permanencia de docentes adultos mayores.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
La ley también reformó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, priorizando la contratación de mano de obra local inscrita en programas de empleo. En materia educativa, prohíbe la jubilación forzada por edad y fomenta estudios sobre discriminación laboral en la educación superior.
La Defensoría del Pueblo tendrá la función de supervisar el cumplimiento de la ley y se implementará un programa de prevención y estudios sobre discriminación laboral por edad. Asimismo, se contemplan incentivos para las empresas que contraten a desempleados mayores de 40 años.
Sin embargo, la abogada laboralista Vanessa Velásquez advierte que el texto mantiene artículos que la Corte Constitucional declaró inconstitucionales, y critica la confusión en las cuotas de contratación obligatoria (1% versus 4%) y la ausencia de plazos claros para su cumplimiento. Además, cuestiona la efectividad de la norma para generar empleo en este segmento, recordando que el mayor problema de desempleo se concentra entre los jóvenes.
En conclusión, la ley protegerá tanto a trabajadores del sector público como privado, estableciendo mecanismos legales para erradicar la discriminación etaria y fomentar un mercado laboral más inclusivo en Ecuador. (I)