QUITO, Pichincha
La Ley Orgánica de Vivienda de Interés Social, aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional el pasado 9 de marzo, entró en plena vigencia desde este viernes, una vez que fue publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 29, del 25 de marzo de 2022.
La normativa, que cuenta con 62 artículos: tres disposiciones generales; ocho reformatorias; seis transitorias; cuatro derogatorias; y, una disposición final, tiene como objetivo, establecer un régimen jurídico para la rectoría, planificación, regulación, control y producción de un hábitat seguro y saludable, y garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada en todos sus segmentos.
Para facilitar el acceso a este tipo de viviendas, la ley contempla modalidades como el arrendamiento social con opción de compra, cuando las personas por sus ingresos económicos, no son consideradas como sujetos de crédito. Además, se amplían las competencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados para el aprovisionamiento y gestión de vivienda de interés social, según sus competencias.
La Ley también establece que el Estado en coordinación con el ente rector de Hábitat y Vivienda, garantizará la prestación del servicio público de vivienda de interés social, a través de la generación y promoción de proyectos y planes habitacionales de iniciativa pública, privada o cooperativa. (I)