QUITO, Pichincha
Un golpe para los hermanos Roberto y William Isaías. La Corte Constitucional (CC) aceptó tramitar las acciones extraordinarias de protección presentadas por cinco instituciones del Estado. Con ellas se busca bloquear los fallos judiciales que dispusieron la devolución de los bienes incautados a los exaccionistas de Filanbanco.
En mayo del 2022, el juez Johnny Lituma, de la Unidad Judicial Norte de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, resolvió restituir a los Isaías sus bienes inmuebles y acciones de compañías. Estos les fueron incautados por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) en el 2008.
Sin embargo, el pasado 2 de febrero, la Corte Constitucional decidió conocer las acciones de protección. Estas provenían de la Procuraduría General del Estado (PGE), el Centro de Inteligencia Estratégica (CIE), la Unidad de Gestión y Regulación. También de los ministerios de Agricultura y Ganadería (MAG) y del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MATE); y del Banco Central del Ecuador (BCE).
El Estado busca bloquear la devolución de los bienes incautados a los hermanos Roberto y William Isaías. El juez competente determinará el justo precio de los bienes incautados y el monto de los daños y perjuicios ocasionados.
La decisión fue ratificada por la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Transito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas. Esta determinó las apelaciones a la sentencia de Lituma. Estas fueron planteadas por la Procuraduría General.
Además, ordenó que tanto el juez Lituma como los integrantes del Tribunal presenten un informe de descargo en el término de diez días.
En la Corte fueron presentadas ocho acciones extraordinarias de protección, relacionadas con el casi Isaías. Finalmente aceptaron seis de las entidades ya citadas, ya que cumplieron todos los requisitos.
La Superintendencia de Bancos e Inmobiliar quedaron fuera. Para sustentar su petición, las entidades alegaron que las decisiones judiciales vulneraron sus derechos a la tutela judicial efectiva.
El auto de admisión de la Corte señala que todas las entidades argumentan que los jueces que sustanciaron este caso vulneraron su derecho a la tutela judicial efectiva y la motivación.
Esto, debido a que no se ha explicado las razones por las cuales, luego de cuatro años, el juez de la Unidad Judicial convirtió la medida cautelar en una acción de protección. (I)