Modifican acuerdo para ingreso de turistas extranjeros vía terrestre

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QUITO, Pichincha

Modifican acuerdo para ingreso de turistas extranjeros vía terrestre. Lo anunció ayer viernes el ministro de Turismo, Niels Olsen, a través de un video publicado en sus redes sociales.

Ahí Olsen explica que los turistas extranjeros que deseen ingresar al Ecuador por las fronteras terrestres lo podrán hacer sin ninguna complicación.

Uno de los requisitos para el ingreso de turistas al territorio ecuatoriano es la presentación del Certificado de Antecedentes Penales. No obstante, según indicó Olsen, ahora también lo podrán hacer presentando la revisión del Sistema Migratorio Ecuatoriano (Simiec).

Y aseguró que esta modificación fue aprobada el jueves 23 de mayo y que se ha publicado una actualización del acuerdo ministerial 007 del 11 de enero del 2024.

Sector turístico

El cambio se realizó tras comentarios de usuarios en redes sociales, quienes aseguran que la medida afecta la ocupación del sector turístico.

Con esto todos los turistas que quieran visitar Ecuador por nuestras fronteras terrestres lo podrán hacer sin absolutamente ningún problema», afirmó Olsen.

El Simiec es el sistema administrado por el Ministerio de Gobierno que capta los movimientos de entradas o salidas del país tanto de ecuatorianos como de extranjeros.

Este sistema permite identificar automáticamente cualquier impedimento que los viajeros tengan para su ingreso a través de información de varias bases de datos, como el Registro Civil, Cancillería, Interpol y el sistema integrado de la Policía Nacional.

Cabe recordar que el requisito se implementó en el Ecuador con el objetivo de evitar el ingreso de miembros de organizaciones terroristas, de delincuencia organizada o que constituyan una amenaza o riesgo para la seguridad pública y del Estado. Además, será obligatorio mientras dure el conflicto armado interno decretado por el presidente Daniel Noboa.

En el acuerdo ministerial se especifica que los niños, niñas y adolescentes acompañados de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, estarán exentos de la presentación de este requisito. (I)

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Post Author: Redaccion

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