Modifican las normas de contratación en salud para compras de medicamentos

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QUITO, Pichincha

Con Decreto Ejecutivo 243, el presidente, Daniel Noboa, reformó el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública con la intención de agilizar los procesos de compra de medicamentos en el sector salud. 

La firma del decreto se dio este viernes 12 y con ello se pretende dar rapidez a los procesos de compra y garantizar el abastecimiento de medicamentos, insumos y servicios en la red de salud pública a nivel nacional.

El decreto añade un nuevo artículo (el 135-A) al Reglamento para disponer de un catálogo de proveedores más flexible, de manera que, en caso de que el proveedor seleccionado falle, pueda contratarse otro sin necesidad de repetir “un nuevo procedimiento precontractual”.

En caso de que no exista una alternativa disponible en el catálogo, el nuevo reglamento habilita la contratación directa de un proveedor externo “que cumpla con los requisitos previstos para la conformación del catálogo inicial, previo informe técnico que lo justifique”.

La modificación también añade un inciso al artículo 134 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para permitir que las convocatorias sean más abiertas.

“En el presente procedimiento podrán ser convocados los proveedores que resulten necesarios, siempre que se justifique adecuada y fundamentalmente la necesidad de la contratación, por parte de la entidad contratante”, afirma el texto. (I)

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Post Author: Redaccion

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