
QUITO, Pichincha
Mediante el Decreto 93, publicado el 26 de diciembre, el presidente Daniel Noboa, introdujo reformas para priorizar las contrataciones por «emergencia».
Actualmente, el Reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas permite priorizar los proyectos de obras públicas en casos de estados de excepción.
Noboa incorpora, mediante una reforma a esa norma, proyectos de obra pública en casos de emergencia.
Otro de los cambios apunta a que las entidades podrán solicitar la actualización del dictamen de prioridad de los proyectos de obra pública en tres casos:
- Para la alineación a un nuevo Plan Nacional de Desarrollo
- Para incrementar más del 15% el monto priorizado en el dictamen vigente, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria del ente rector de las finanzas públicas.
- Para suscribir y / o modificar las condiciones de los contratos de préstamo, convenios o instrumentos de cooperación no reembolsable a fin de continuar la ejecución de los estudios, programas o proyectos de inversión pública.
Por otro lado, Noboa reformó el reglamento para poder realizar incrementos presupuestarios en los proyectos contemplados en el Plan Anual de Inversiones, siempre y cuando exista la disponibilidad presupuestaria.
De igual manera, introdujo un inciso para que se puedan traspasar presupuestos de proyectos de una entidad pública a otra. (I)