Olsen suspende trámite y cuestiona uso de inmunidad parlamentaria

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QUITO, Pichincha

El presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador, Niels Olsen, anunció el 9 de marzo de 2026 la suspensión del trámite relacionado con el pedido de autorización para procesar penalmente al legislador Juan Andrés González, quien enfrenta una querella por presunta calumnia presentada por la asambleísta Naila Quintana.

Olsen explicó que aplicará el artículo 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que establece que si la Asamblea no resuelve un pedido de autorización judicial para procesar a un legislador dentro de un plazo de 30 días, la autorización se concede automáticamente.

“He decidido suspender el tratamiento del pedido para levantar la inmunidad del asambleísta Juan González y permitir que responda directamente ante la justicia”, señaló Olsen durante un pronunciamiento público.

Legislativo

El titular del Legislativo enfatizó que la inmunidad parlamentaria constituye una garantía para proteger la independencia del trabajo legislativo, pero advirtió que no puede utilizarse para evadir responsabilidades judiciales. “La inmunidad parlamentaria no puede convertirse en un mecanismo de impunidad”, afirmó.

El caso surgió a partir de declaraciones realizadas por González a finales de 2025, cuando el legislador calificó de “terrorista” al bloque oficialista de Acción Democrática Nacional tras una explosión registrada en la Bahía de Guayaquil en junio de ese año. El asambleísta atribuyó ese hecho a un supuesto “autoatentado” del Gobierno.

El Parlamento intentó tratar el pedido de levantamiento de inmunidad en cerca de diez ocasiones, pero el respaldo del bloque de Revolución Ciudadana impidió alcanzar los votos necesarios para aprobar la autorización.

Con la decisión del presidente del Legislativo de no volver a incluir el tema en el orden del día, el plazo legal continuará corriendo hasta que se configure la autorización automática para que la justicia procese al legislador. Esto permitirá que González enfrente el proceso judicial sin necesidad de una votación del Pleno. (I)

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Post Author: Redaccion

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