Presidente Noboa dispone la eliminación de la tabla de consumo de drogas

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QUITO, Pichincha

En su segundo día en el despacho de Carondelet, el flamante presidente de Ecuador, Daniel Noboa, grabó un video para sus redes sociales con un anuncio: «El día de hoy la dichosa tabla de drogas se va».

El mandatario rompió unos papeles en cuatro partes y los echó al aire, sin decir una sola palabra.

«Porque estamos comprometidos con nuestra niñez, juventud y con todas las familias ecuatorianas. Se vienen días mejores, llegó el nuevo Ecuador», añadió el mensaje difundido en su cuenta de Instagram este 24 de noviembre de 2023.

Poco después, vino un comunicado de la Casa de Gobierno, donde se informó que el Mandatario dispuso al Ministerio del Interior la derogación de la Resolución Nro. 001 Consep-CD-2013 que contenía la denominada Tabla de Consumo de Drogas.

Esa resolución fue emitida durante el Gobierno de Rafael Correa y regulaba las cantidades máximas que puede portar una persona sin que esto signifique que pueda ser encarcelada.

La política de Noboa

En el Decreto Ejecutivo con el que derogó la Tabla, Noboa encargó a los ministerios del Interior y al de Salud Pública, en el ámbito de sus competencias, el desarrollo de programas coordinados de información, prevención y control del consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

Asimismo, deberán ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos.

El expresidente Guillermo Lasso también intentó eliminar esta tabla, pero encontró resistencia en la Asamblea Nacional, al momento de intentar reformas al Código Orgánico Integral Penal.

El artículo 220 de este Código dice que «la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes o psicotrópicas para uso o consumo personal en las cantidades establecidas por la normativa correspondiente, no será punible; en casos de consumo ocasional, habitual o problemático, el Estado ofrecerá tratamiento y rehabilitación».

Y añade que «las cantidades establecidas en los umbrales o escalas previstas en la normativa correspondiente, serán meramente referenciales para determinar el tráfico o consumo». (I)

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Post Author: Redaccion

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