Reforma excluye al Banco del Pacífico de auditorías

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QUITO, Pichincha

La Ley que reforma el Código Orgánico Monetario y Financiero, vigente desde el 14 de octubre de 2025, establece que las entidades financieras privadas con participación accionaria estatal no estarán sujetas al control de la Contraloría General del Estado. Este es el caso del Banco del Pacífico, una de las principales instituciones financieras del país.

La disposición reformatoria sexta de la ley señala:
“No estarán sujetas al control de la Contraloría las personas jurídicas de derecho privado que formen parte del Sistema Financiero Nacional, con participación accionaria del Estado, en tanto no administren directamente recursos públicos provenientes del Presupuesto General del Estado y se encuentren sometidas a la supervisión y control de la Superintendencia de Bancos.”

Según el abogado financiero Julio César Benítez, las entidades que entran en esta categoría son el Banco del Pacífico y la empresa de cobranzas Recycob, ambas con la Corporación Financiera Nacional (CFN) como accionista mayoritario.

Benítez explica que esta reforma genera una disyuntiva, pues cuando se realice alguna aportación de recursos públicos por parte de la CFN hacia estas entidades, esos fondos deberían estar bajo vigilancia de la Contraloría. “Si hay dinero público, todo se mezcla y debería estar bajo el control estatal,” indicó.

Aunque la ley establece que sí estarán sujetas a control las actuaciones u obligaciones que realicen los accionistas públicos, existe preocupación sobre posibles usos indebidos, ya que ciertos actos dentro del banco podrían quedar sin auditoría estatal.

El abogado añade que la Superintendencia de Bancos deberá mantenerse vigilante y garantizar los controles correspondientes. (I)

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Post Author: Redaccion

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