Reformas al COOTAD serán tratadas hoy en el Pleno de la Asamblea

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QUITO, Pichincha

El primer debate del proyecto de Ley de Inteligencia y el segundo debate del proyecto de reformas al Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, consta en la agenda de la sesión No. 866 del Pleno de la Asamblea Nacional, convocada para este martes, a las 10:30.

El proyecto de Ley de Inteligencia forma parte de una serie de herramientas legales que debate la Asamblea Nacional, para que el Estado y sus instituciones cumplan sus atribuciones en procura de garantizar la seguridad integral.

La actividad se realiza debido a las nuevas manifestaciones de criminalidad compleja y las amenazas a la seguridad que constituyen un problema creciente en el Ecuador desde hace varios años.

Regular sistema de inteligencia

La propuesta normativa tiene como objetivo establecer y regular el Sistema Nacional de Inteligencia, así como su funcionamiento, atribuciones y competencias que permite a los organismos del sistema realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia, para cumplir su misión constitucional y legal, frente a las vulnerabilidades, amenazas y riesgos para la defensa de la soberanía y la seguridad integral.

Para ello fija los fines y límites de las actividades de inteligencia y contrainteligencia, los principios que lo rigen, las instancias de control democrático, la seguridad de la información, protección de los agentes y fuentes, coordinación, cooperación, colaboración y deberes de las entidades públicas y privadas, promoviendo la cultura de inteligencia en el país.

Gobiernos locales

El proyecto de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD), que unifica 20 iniciativas legales, tiene como propósito fortalecer a los gobiernos autónomos descentralizados,

Según la propuesta, los GAD provinciales tendrán la competencia de fomentar las actividades productivas en su territorio, especialmente aquellas relacionadas con industria, agro, comercio y turismo; la representación cantonal en el consejo provincial debe observar de manera obligatoria los principios de paridad de género, plurinacionalidad e interculturalidad; y, se asignan funciones específicas a los viceprefectos.

El vicealcalde es la segunda autoridad del GAD municipal elegido por la mayoría absoluta del concejo municipal, durará dos años en sus funciones con opción de reelección.

También, establece como causal de remoción del cargo a los consejeros o consejeras regionales, concejales o concejalas o vocales de las juntas parroquiales rurales su ausencia en las sesiones y las comisiones o dejar sin el cuórum para la continuación de las mismas. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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