Sentencian a 13 años de prisión a abuelo por el abuso sexual perpetrado contra su nieta

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QUITO, Pichincha

Luis A. tenía la misión de cuidar de su nieta. Mientras la madre de la niña de 7 años salía a trabajar, ella quedaba bajo su custodia en un inmueble situado en el sector de Calderón, en el norte de Quito.

La pequeña no estaba a buen recaudo. Su madre –denunciante en este caso– nunca imaginó lo que el abuelo paterno de la víctima le hacía mientras ella estaba ausente.

El fiscal especializado en Violencia de Género, Galeano Balcázar, reunió suficientes pruebas para que el Tribunal de Garantías Penales emita la sentencia condenatoria de trece años de prisión para Luis A., tras haberlo hallado culpable del delito de abuso sexual cometido en abril de 2017.

La teoría del caso expuesta en la audiencia de juicio tuvo sustento probatorio en el testimonio anticipado rendido por la víctima, quien narró lo que vivió en manos de su abuelo.

El Fiscal también llamó a testificar a la abuela de la infante. Ella fue la primera en enterarse de lo ocurrido por boca de su nieta. Luego de conocer la historia, comunicó de los hechos a la madre de la niña, quien no dudó en formalizar la denuncia en contra de Luis A.

El testimonio de la progenitora también fue escuchado por los jueces, además del rendido por el médico legista, quien hizo conocer al Tribunal lo narrado por la víctima durante la entrevista que fue parte de su pericia. Todos los relatos fueron concordantes con los hechos.

Con estas y otras pruebas, Fiscalía probó la responsabilidad del procesado en el delito. Además de la pena privativa de la libertad, los jueces resolvieron imponerle una multa de cuarenta salarios básicos y el pago de una reparación integral de 1.000 dólares a favor de la agraviada.

Una pericia psicológica –que también fue parte del acervo probatorio de Fiscalía– reveló que la conducta delictiva dejó secuelas emocionales en la niña. Por ello, el Tribunal dispuso que, a través del Ministerio de Salud Pública, se brinde atención psicológica para resarcir los daños que dejaron las agresiones sexuales.

Información jurídica

Luis A. fue sentenciado con base en el artículo 170, incisos primero y segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El Tribunal consideró la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 9, de la misma norma: “conocer a la víctima con anterioridad a la comisión de la infracción”. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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