Sentencian a 16 meses de cárcel a mujer por violencia física contra su pareja

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QUITO, Pichincha

“Te vas, pero muerto”. Esas fueron las palabras que Cristina Lucía Y. le expresó a su pareja antes de provocarle una herida punzocortante en el abdomen.

La Fiscal Especializada en Violencia de Género N. 1 de Tumbaco, llevó a juicio a la agresora y logró que un Tribunal de Garantías Penales la sentenciara a un año con cuatro meses de privación de la libertad, por la violencia física que ejerció sobre su conviviente.

El 2 de abril de 2017, la pareja mantuvo una discusión debido a una escena de celos que la procesada protagonizó frente a la víctima. Ella quiso impedir que el hombre salga de su casa para visitar a su hermana.

Ambos discutieron y la mujer, llena de ira, tomó un cuchillo de cocina y provocó a su pareja sentimental una herida de un centímetro de profundidad, ocasionándole una incapacidad de 30 a 90 días, según la valoración médico-legal.

El circulo de violencia que vivió, se evidenció en los cinco años de relación que mantuvo con Cristina Lucía Y. Una convivencia llena de intermitencias por un sinnúmero de problemas sentimentales.

Tras ser intervenido quirúrgicamente por la herida que recibió, la victima volvió a la casa. Su conviviente lo convenció de retirar la denuncia.

En la audiencia de juzgamiento, la Fiscal del caso pidió que se reproduzca el testimonio anticipado rendido por la víctima en Cámara de Gesell. Los jueces conocieron por voz del procesado las circunstancias en que se produjo el delito de violencia física.

Testificó también la experta que practicó una pericia de trabajo social. Ella indicó que la lesión sufrida en el último altercado le obligó al hombre a renunciar a su trabajo, pues el dolor le impedía hacer esfuerzos físicos. La agresión que sufrió, dijo la perita, le afectó también económicamente.

Sobre la base de estas y otras pruebas, la Fiscal logró desvanecer la presunción de inocencia que cobijaba a la procesada. Cristina Lucía Y., por medio de su defensa, intentó convencer al Tribunal que fue su conviviente quien armó la escena de celos y que él tomó el cuchillo, intentando de esta manera alegar una legítima defensa, apelando al artículo 33 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En su testimonio, dijo que ella pidió auxilio a un vecino, quien llamó al Ecu 911. Agregó que, tras el suceso, se marchó de la casa por recomendación de sus vecinos.

Ante la contundencia del dictamen acusatorio de Fiscalía, el Tribunal no consideró lo expuesto por la procesada y, por el contrario, dictó sentencia condenatoria en su contra, disponiéndole, además, el pago de una reparación integral de 1.500 dólares a favor de su expareja y de una multa de cuatro salarios básicos unificados.

Información jurídica

Cristina Lucía Y. fue sentenciada por el delito de violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar, tipificado en el artículo 156 del COIP; en concordancia con el artículo 152 numeral 3 de la misma norma, que tipifica la conducta delictiva de lesiones. (I)

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Post Author: David Jaramillo

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