QUITO, Pichincha
Debido a la emergencia por época lluviosa, el Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante Resolución Nro. NAC-DGERCG C25-00000005, amplió los plazos para los contribuyentes con domicilio principal en las provincias afectadas por las lluvias.
Los contribuyentes de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay, pueden presentar, de manera excepcional, las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes al período fiscal mensual enero de 2025, hasta el mes de abril del mismo año, (sin multas, recargos ni intereses).
El detalle es el siguiente:
Adicionalmente, en la misma resolución se establece que, de manera excepcional, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los contribuyentes especiales, cuyo domicilio principal se encuentre en las provincias mencionadas, podrán presentar la declaración del IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes a enero de 2025, hasta el mes de abril de 2025 (sin multas, recargos ni intereses).
Pueden cancelas de acuerdo con la siguiente tabla:
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.
Los pagos realizados con anterioridad a las fechas establecidas en la presente resolución, por concepto de multas e intereses, no serán objeto de devolución. (I)