SRI cambia reglas del ISD para tarjetas internacionales

sri-cambia-reglas-del-isd-para-tarjetas-internacionales.ecuador221.com_.ec_ SRI cambia reglas del ISD para tarjetas internacionales

QUITO, Pichincha

Desde este 2025, los ecuatorianos que realicen consumos en el extranjero con tarjetas de crédito o débito deberán declarar el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) de forma anual y no mensual, como se exigía anteriormente. Esta medida entra en vigencia tras la publicación de la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000009, emitida el 20 de mayo de 2025 por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

La nueva normativa establece que los titulares de tarjetas deberán presentar una declaración acumulada en abril del año siguiente por todos los pagos realizados en el exterior durante el año fiscal anterior. Por ejemplo, los consumos efectuados en 2025 se deberán declarar en abril de 2026.

El límite exento del ISD se mantiene en USD 5.188,26 anuales. Si se supera ese monto y no hubo retención automática del impuesto por parte de la entidad emisora, el contribuyente debe declarar y pagar el ISD de manera acumulada en abril, según el noveno dígito de su cédula o RUC.

La resolución también abre la posibilidad de regularizar pagos atrasados por consumos con tarjetas realizados en los años 2022, 2023 y 2024. Estas declaraciones podrán efectuarse hasta el 30 de junio de 2025, sin necesidad de presentar formularios mensuales ni incurrir en sanciones.

El experto tributario Idrián Estrella destacó que este cambio busca simplificar el cumplimiento del impuesto y evitar la duplicación de declaraciones por parte de quienes usaban múltiples tarjetas y superaban el umbral de exoneración.

Multas anteriores no serán devueltas

El SRI informó que no reembolsará los valores pagados previamente por concepto de multas e intereses derivados de declaraciones mensuales acumulativas. Además, aclaró que las declaraciones sustitutivas solo podrán aplicarse a periodos previamente incluidos en declaraciones originales.

Estas modificaciones se suman a los reglamentos emitidos por el SRI en 2015 y 2016, y forman parte de una estrategia de actualización tributaria enfocada en facilitar la fiscalización de consumos internacionales y en promover el cumplimiento voluntario. (I)

Compartir

Shares

Post Author: Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *