QUITO, Pichincha
La Superintendencia de Bancos alertó a la ciudadanía sobre la presencia de varias entidades financieras que operan en el país sin la debida autorización para realizar estas actividades. Esta práctica representa un riesgo significativo para los usuarios y contraviene la normativa vigente.
El Código Orgánico Monetario y Financiero, en su artículo 143, establece que las actividades financieras son un servicio de orden público, regulado y supervisado por el Estado.
Solo las entidades debidamente autorizadas por los organismos de control pueden ofrecer servicios financieros. Esto, dentro del marco normativo establecido por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
La Superintendencia enfatiza que está estrictamente prohibido que personas naturales o jurídicas que no sean parte del sistema financiero nacional capten recursos de terceros o realicen actividades financieras de manera habitual.
Además, destaca que las entidades no autorizadas tampoco tienen derecho a utilizar medios que insinúen que están involucradas en actividades financieras, como publicidad, carteles, membretes u otros.
Cualquier infracción a la ley será sancionada de acuerdo con las disposiciones del Código Orgánico Monetario y Financiero.
Para resguardar los intereses financieros de los usuarios, la Superintendencia de Bancos recomienda acudir a establecimientos bancarios debidamente autorizados y que cumplan con todas las regulaciones y leyes aplicables. (I)