
GUAYAQUIL, Guayas
El Servicio de Rentas Internas emitió una nueva circular que redefine el tratamiento tributario de varios productos alimenticios en el país. La disposición aclara que ciertos alimentos dejarán de aplicar la tarifa 0% y pasarán a gravarse con el 15% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La resolución, firmada el 26 de marzo de 2026, no crea nuevos impuestos, pero delimita con mayor precisión qué productos ya no califican como alimentos en estado natural. Por tanto, estos bienes deberán acogerse a la tarifa vigente.
El organismo tributario ratificó que los productos contemplados en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno mantienen la tarifa 0%, siempre que conserven su estado natural o registren procesos mínimos que no alteren su esencia.
Sin embargo, la nueva interpretación incluye dentro del IVA a los alimentos procesados o preparados. Entre ellos constan pulpas y jugos industrializados, bebidas listas para consumir, batidos e infusiones envasadas, que ahora tributarán el 15%.
En el segmento cárnico, la normativa incorpora productos que han recibido algún tipo de transformación. Carnes cocidas, precocidas, adobadas, marinadas o listas para consumo pasan a pagar el impuesto. Además, cualquier mezcla de carne con otros ingredientes queda gravada, incluso si uno de sus componentes tenía tarifa 0%.
Los lácteos también registran cambios relevantes. El SRI mantiene sin impuesto a la leche en estado natural o con procesos básicos; no obstante, incluye en el 15% a productos como leche importada, deslactosada, descremada, semidescremada, saborizada o fortificada. Asimismo, grava derivados como leche condensada, evaporada, crema, manjar, suero y nata. La leche maternizada queda exenta.
La resolución también abarca productos de panadería y alimentos preparados. Pasteles, tortas, galletas, panetón, pan de molde, empanadas, sánduches, sopas instantáneas y fideos precocidos integran la lista de bienes gravados. Incluso los combos o paquetes que incluyan al menos un producto con IVA deberán aplicar la tarifa completa.
En el caso de productos del mar, el documento especifica que enlatados importados como atún, sardina, macarela o trucha pagarán el impuesto, al igual que preparaciones listas para consumir como ensaladas o mezclas con otros ingredientes.
Este ajuste tributario redefine el concepto de alimento básico en Ecuador y podría impactar directamente en el costo de productos de consumo cotidiano. Frente a este escenario, surge una interrogante clave: ¿por qué el Estado decide gravar con IVA bienes que, aunque procesados, forman parte esencial de la canasta alimentaria de miles de familias? (I)

